Alex Placido Vilcachagua terminaria su ponencia resumiendo las caracteristicas principales del Interes Superior del Niño.
Abordo el final de su ponencia contrastando el significado sobre deficiencia legislativa y el defecto legislativo.
La deficiencia legislativa esta basada en el vacio legal de nuestras leyes.
Por otro lado, el defecto legislativo se refiere a lo contradictorio y no concordante entre las normas del codigo con respecto a normas de rango constitucional.
Entonces es necesario acudir a la instancia superior a traves de un mecanismo legal llamado control difuso.
Finalmente, el Interes Superior del Niño es un instrumento juridico.
Es la medida de lo que conviene hacer y no hacer en beneficio del menor, cuando los intereses de las partes entran en convergencia o en conflicto.
El Interes Superior del Niño tiene su fundamento en la Convención sobre los Derechos del Niño.
Y es a partir de alli de donde deberian desprenderse las normas del actual Codigo del Niño y el Adolescente.
Sin embargo, en la practica podemos ver diferentes escenarios y casuistica en que todo esto no estrictamente del todo cierto.
He alli un problema.
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