Imperfecciones de la Ley 29194 por Patricia Janet Beltran Pacheco

Patricia Janet Beltran Pachecho continuaria su ponencia comentandonos algunas imperfecciones de la Ley 29194 y su inaplicación.

Patricia Beltran Pacheco le daria muy duro a los legisladores de esta Ley, pues esta habria sido promulgada sin haber sido consultado con un Juez de Familia, quien es el que ve la aplicacion de este tipo Leyes en la sociedad.

Por ejemplo, la Ley 29194 dice que tanto el curador y el tutor pueden ser actores de la suspensión de la Patria Potestad. Y aquello es un grave error pues la figura de la Patria Potestad solo es inherente a los padres.

Esto nos dice claramente que la Ley 29194 fue mal redactada.

Por otro lado, la Ley 29194 establece claramente el procedimiento para su aplicacion, pues cuando el Juez Penal aperture instrucción por alguno de los cinco delitos establecidos por la Ley, como causal de suspension de Patria Potestad, este comunicara al Fiscal de Familia a traves de copias certificadas, para que el Fiscal se pronuncie de acuerdo a sus atribuciones, y la Ley le brinda la potestad de proponer una medida cautelar innovativa para la suspension de la Patria Potestad ante el Juez de Familia.

Se vulnera la presunción de inocencia. Por lo que esta Ley araña ser inconstitucional.

Pues si partimos de la premisa de la facilidad con que las madres realizan falsas denuncias por Violencia Familiar, y aplicamos aquel descaró, de estas madre, en denunciar cualquier cosa, entre ellas alguno de los cinco delitos establecidos en la Ley 29194 para causales de suspensión de Patria Potestad, entonces estamos ante un nuevo problema, mas grave que el anterior.

Pues muy probablemente, existan padres victimas de esta Ley y suspendidos de la Patria Potestad de sus hijos por una falsa denuncia de una madre sin verguenza.

Etiquetas:

5 comentarios para “Imperfecciones de la Ley 29194 por Patricia Janet Beltran Pacheco”

  1. ELMER Dice:

    Patricia Janet, es para mi una gran satisfacion saludarla y a la vez maniestarle que he leido su comentario acerca de la ley 29194 y es totalmente cierto, en cuanto lo que UD señala en estas lineas.

    De verdad comparto con su opinion y sus comentarios.

    Me gustaría que cualquier comentario suyo lo envié con copia a mi correo. Le estaré agradecido eternamente.

    Elmer Alaya
    Cajamarca
    Bachiller en Derecho

  2. Javier Luna Dice:

    La Doctora Patricia Janet Beltran Pachecho es una especialista en Derecho de Menores.

    Y en la practica es una de las Jueces que fomenta la tenencia y custodia compartida, plasmandolas hoy como un regimen de visitas permitiendo la pernocta del menor con el padre NO custodio.

    Lograr que tu proceso por variacion de tenencia, llegue a la segunda instancia para que en la Segunda Sala de Familia, la Doctora Patricia Janet Beltran Pachecho pueda revocar la apelada y reformarla en los terminos de una tenencia y custodia de co-parentalidad plasmandola tecnicamente como un regimen de visitas con pernocta del menor.

    Alcanzar la segunda instancia es el primer objetivo.

  3. jose niquen Dice:

    Doctora creo que su analisis es muy exacto y claro.

    NO es posible que con el solo acto de aperturarte un proceso te puedan suspender la patria potestad.

    Le pediria que me pueda mandar informacion porque pienso hacer mi tesis sobre ese tema.

    Chau.

  4. Alexander Dice:

    Buen día, soy de Tumbes, saludos desde esta ciudad calurosa.

    Queria mencionar, que me parece pero, creo que se esta confundiendo las instituciones de Patria Potestad y Tenencia.

    Quizas seria interesante un análisis sistemático entre estas dos figuras, para observar cual es la interpretación teleológica de la norma.

  5. Ruben Cordova Manchego Dice:

    Doctora Beltran Pacheco, la felicito por tener un criterio imparcial y justo con ralacion a la igualdad de derechos de los padres con respecto a sus hijos.

    Usted es un oasis de esperanza en los Juzgados de Familia, puesto que lamentablemente y como es sabido la mayoria de juezas maneja un criterio prejuicioso, parcializado y discriminatorio en contra del padre varon, facil presa del encono y los odios por parte de algunas progenitoras que NO escatiman en denigrar y desvalorizar la imagen paterna.

    Tengo un largo proceso de Variacion de Tenencia, como demandante, por el incumplimiento -durante años- del regimen de visitas y maltratos psicologicos.

    NO he tenido la suerte de que mi expediente llegue a sus manos. Pues existen dos Salas de Familia.

    Pero espero que algun dia se me haga justicia. Siempre y cuando no sea demasiado tarde. Sobre todo por el bienestar de mi adorado hijo.

    Mi expediente es: 1835-2004-00784-0 en el 16avo Juzgado de Familia.

    Gracias.

Escribe un comentario