Giovanni Francezco Priori Posada iniciaria con su ponencia sobre los Presupuestos para la Concesion de la Medidas Cautelares comentandonos brevemente conceptos basicos para entrar posteriormente al fondo del asunto.
Giovanni Francezco Priori Posada nos comentaria que la Medidas Cautelares buscan garantizar la efectividad de la sentencia en una litis mas no la ejecucion de la misma. Algo que se viene confundiendo por los magistrados en la practica judicial.
Los clasicos tres requisitos para la concesion de una medida cautelar son: la verosimilitud del derecho, el peligro en la demora y la adecuacion.
Este ultimo requisito era confundido por la contra-cautela. Algo que en realidad y en la practica NO se daba como un requisito previo a la concesion de la medida cautelar, pues la contra-cautela se entiende como una indemnizacion al daño realizado al bien cautelado en caso la sentencia NO sea favorable para el demandante.
Y ademas, la contra-cautela NO se entrega previa a la solicitud de la medida cautelar sino cuando se ejecuta la tutela cautelar.
En consecuencia, NO deberia entenderse la existencia de la contra-cautela como un requisito para la concesion de una medida cautelar.
En ese sentido, la adecuacion es un sentido mas amplio e incluye la contra-cautela desde cierto punto de vista. Se entiende por adecuacion, tal como su nombre lo expresa, la medida adecuada que se solicita para la concesion de una tutela cautelar.
Etiquetas: derecho procesal civil
Abril 29, 2008 a las 6:40 pm
Estimado Javier,
NO tengo nada en contra que escuches y comentes en tu blog estos seminarios, cuyos temas repito tienen más de 20 años de antiguedad y que lamentablemente siguen discutiéndose.
Pero lo que sí te sugiero, es que NO caigas en teoricismos y abstracciones de ponentes como el que comentas aquí.
Aquellos que lo conocen, al ponente, saben que esos teoricismos y abstracciones han causado terribles malas prácticas para algunos litigantes.
Abril 29, 2008 a las 7:35 pm
Tenia cierta ligereza que algunos puntos de vista del ponente, NO calzaban con la cruda realidad del dia a dia. Ahora que lo comentas, confirmo que es asi.
El objetivo de ciertos abogados con buena locuacidad es resaltar del resto en funcion al arte de hablar en publico. Otros ponentes, son meros orates que logran endulzar a su publico con puntos de vista sobre ciertos temas, como tu bien mencionas, que se discuten desde hace 20 años atras.
Sin embargo al NO existir gente que se atreva a hacer lo mismo que ellos hacen, entonces la plaza esta servida, las editoriales les proponen sacar libros y demas.
¿Que hacer ante el poco atrevimiento de los especialistas en Derecho, para que se animen a exponer sus puntos de vista ante los demas?
Ser lideres de opinion es relativamente sencillo en este negocio, parece ser.
Por que el comun de los mortales prefiere estar tras bambalinas y asistir en anonimo a las ponencias, y NO generar discusion, solo escuchar.
Asi NO se puede avanzar. Seguiremos en el mismo punto de hace 20 años atras, insistiendo en los mismos temas, hoy, con actores distintos.