Roger Williams Ferreira Vildozola y el Debido Proceso en el ambito del Proceso Civil

Roger Williams Ferreira Vildozola seria el primer ponente de esta segunda jornada en el Seminario sobre Temas de Derecho Procesal Civil organizado por la Asociacion de Damas del Poder Judicial.

Roger Williams Ferreira Vildozola nos hablaria sobre el Debido Proceso en el ambito del Proceso Civil.

En ese sentido nos comentaria que la Tutela Jurisdiccional Efectiva es mucho mas amplia e incluye el debido proceso a pesar de tener origenes distintos. Sin embargo, existen autores que argumentan que ambas son la misma cosa.

Luego nos comentaria sobre los inicios del control de constitucionalidad. Roger Williams Ferreira Vildozola precisaria que el germen del control difuso se dio en los Estados Unidos de Norteamerica con el caso de John Marshall.

Roger Williams Ferreira Vildozola afirmaria que la Tutela Jurisdiccional Efectiva debe entenderse en su sentido estatico y el debido proceso en su sentido dinamico, para que sea alli cuando ambos conceptos esten orientados a lo mismo.

Luego nos comentaria que el Art. 618 del Codigo Procesal Civil le brinda al Juez la discrecionalidad de una tutela anticipada para que se evite el ilicito o un daños irreparable haciendo los correctivos necesario anticipadamente. Algo que el Magistrado utiliza muy poco en las tareas del dia a dia.

Roger Williams Ferreira Vildozola se daria un tiempo para comentarnos sobre el Primer Pleno Casatorio Civil luego de mas de 20 años de Codigo Civil. Dicho Pleno Casatorio dejaria jurisprudencia vinculante en el asunto de la homologacion y validez de las transacciones extrajudiciales. Sin embargo, queda la pregunta ¿como se ejecutaran estas transacciones extrajudiciales?. Algo que NO se resolvio en dicho Pleno Casatorio.

Finalmente, Roger Williams Ferreira Vildozola nos dejaria un claro mensaje. El Control de la Magistratura debe ser externo pues el Juez debe permitir ser espoleado, a menos que tenga algo que ocultar. A pesar de ello, el Control de la Magistratura es interno.

Sin embargo, el Juez debe estar siempre al dia y NO ser temeroso al Control Interno cuando este llegue a su despacho.

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