Giovanni Priori Posada y el peligro en la demora para alcanzar la Tutela Cautelar
Giovanni Francezco Priori Posada continuaria con su ponencia ingresando al fondo del asunto. Al analisis de aquel elemento mas importante para la concesion de una Medida Cautelar.
Giovanni Francezco Priori Posada nos comentaria que el demandante debe lograr demostrar que existe un riesgo en el peligro en la demora, para que la medida cautelar sea condedida por el Magistrado.
Debe entenderse el riesgo como un daño al derecho.
La irreparabilidad del daño NO necesariamente es un elemento para el peligro en la demora.
Giovanni Francezco Priori Posada nos comentaria que para su punto de vista seria inconstitucional el rechazo del Juez a la concesion de una medida cautelar si ese rechazo trae como consecuencia una irreparabilidad al derecho.
Segun Andre Proto Pisani, el principio por el cual la duracion del proceso NO debe ir en contra del actor que tiene la razon responde a la efectividad de la tutela jurisdiccional.
Entonces nos preguntamos ¿que es aquello que NO sea un peligro en la demora para que el Juez conceda una Medida Cautelar?
La respuesta es evidente, NO existe nada. El peligro en la demora es el elemento mas importante para conceder Tutela Cautelar al derecho invocado.
Sin embargo es necesario cumplir con los requisitos de la Ley y para ello debe demostrarse adicionalmente al peligro en la demora, los otros dos elementos: la verosimilitud del derecho y la adecuacion.
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