Roger Ferreira Vildozola y la tutela jurisdiccional efectiva
Leyendo el material entregado por la Asociacion de Damas del Poder Judicial con respecto a la ponencia del Roger Ferreira Vildozola encontre una preciosa deficion con respecto a la tutela jurisdiccional efectiva.
Roger Ferreira Vildozola nos dice que el Derecho a la Tutela Jurisdiccional Efectiva es la manifestacion constitucional de un conjunto de instituciones de origen eminentemente procesal, cuyo proposito consiste en cautelar el libre, real e irrestricto acceso a todos los justiciables a la prestacion jurisdiccional a cargo del Estado.
El Derecho a la Tutela Jurisdiccional Efectiva debe realizarse a traves de un debido proceso que revista los elementos necesarios para hacer posible la eficacia del derecho contenido en la norma juridica vigente o la creacion de nuevas situaciones juridicas, que culmine con una resolucion final ajustada a derecho y con un contenido minimo de justicia.
Dicha resolucion debe ser suscetible de ser ejecutada coercitivamente y que permita las consecucion de valores fundamentales sobre los que se cimienta el orden juridico en su integridad.
Roger Ferreira Vildozola manifiesta que más que diferencias entre el debido proceso y la tutela jurisdiccional efectiva, existe una indeslegable relacion existente entre ambos institutos juridicos.
Siendo que ambos conceptos, configuran las garantias fundamentales que engloban y especifican los mecanismos mas eficaces de proteccion de los derechos de los justiciables, tanto a traves de la funcion jurisdiccional del Estado, como de otras formas procesales a las que resultan plenamente aplicables.
Pues, como derechos fundamentales que son, NO corresponde reducir su efectividad unicamente al animo del proceso judicial-jurisdiccional sino que resultan eficaces para tutelar a todos los individuos, frente a cualquiera, en todos y cada uno de los ambitos en que desarrollen relaciones con alguna relevancia juridica al amparo de la Constitucion o normas fundamentales.
Etiquetas: derecho procesal civil