Impugnacion de paternidad y la Ley 27048

Manuel Miranda Canales continuaria con su ponencia comentandonos sobre la Impugnacion de paternidad y la Ley 27048.

La filiacion de un menor establecido dentro del vinculo matrimonial puede ser impugnado en cualquiera de los presupuestos establecidos en la Ley.

Algunos de estos presupuestos son muy dificiles de probar por cierto, pero NO imposibles.

Cuando el menor ha nacido dentro de los primeros seis meses de celebrado el matrimonio. Es una de las causales que permitiria al marido poder impugnar la filiacion de ese menor hacia su persona.

La imposibilidad de haberse realizado el acto sexual con quien impugna la filiacion. Es otra de las causales. Es decir, cuando marido y mujer estuvieron en lugares distintos durante la epoca de concepcion del menor, por quien se impugna su paternidad.

La esterilidad o impotenti generandi certificada del marido durante el periodo de concepcion es otra de las causales para la impugnacion de la paternidad.

Todo esto hasta que se promulga la Ley 27048 que permite el mecanismo ciertifico de la Prueba de ADN para impugnar la paternidad sobre un menor, en funcion a esta.

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3 comentarios para “Impugnacion de paternidad y la Ley 27048”

  1. Mariana Dice:

    Hola, queria hacer una consulta.

    Soy estudiante de derecho y estoy realizando un trabajo concerniente a la Impugnacion de Paternidad por lo que solicito informacion sobre los antecedentes y sobre casos que se hayan dado en el Peru.

    Att.

    Mariana

  2. Javier Luna Dice:

    Naturalmente la busqueda de informacion es parte de la tarea de la construccion de un trabajo universitario.

    Tienes que ir en busqueda de las fuentes para construir un trabajo universitario distinto.

    NO hacer el clasico COPIAR y PEGAR de los magistrados y especialistas judiciales.

    Si desde las aulas universitarias de acostumbras en hacer algo diferente, forjaras un Magistrado diferente y eso te brindara ventaja competitiva.

  3. Pirquis Dice:

    Hola Mariana:

    Soy padre biológico, estoy en proceso judicial en Lima, he presentado demanda por Impugnacion de Paternidad, conmigo tienes un caso, como diriamos “vivito y coleando”.

    Me gustaría contactarme pero NOpara alimentar tus fines de trabajo, generalmente en la universidad el objetivo es obtener una nota y aprobar, sino, para hacer un gran análisis e investigación profunda sobre este tema muy escaso y al que ningún o pocos jueces emiten opinión favorable a la verdad biológica y al derecho de la identidad del niño.

    Nuestro sistema ampara que se construya una sociedad falto a la verdad, so pretexto de proteger la armonía de la familia, que el niño crezca en un mundo de falsedad, sin conocer su verdadero origen.

    ¿Te gustaría crecer sin saber tu verdad?. A mí NO.

    El sistema se razga la vestiduras y acusa al padre que abandona a su hijo o al que NO quiere firmarlo o NO quiere pasarle manuntención por alimentos.

    Pero, con el padre que si quiere reconocer a su hijo, tenerlo cerca, amarlo presencialmente, hacerle sentir afecto, cariño, ver por el, el sistema lo que hace es “ningunearlo”, sólo le da importancia al esposo, mas NO al padre biologico.

    Saludos,

    Pirquis

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