Eduardo Yayo Chavez Guerra por su hija Fatima

Eduardo Yayo Chavez Guerra NO puede ver a su hija Fatima desde hace cuatro años, gracias a la misma madre de su niña.

Que novedad…!!!

¿Cuantas madres uni-neuronales logran arrebatarle a su propio hijo, su Papa?

Muchas, seguro que si. Pero claro, inmediatamente la pregunta es: ¿Que habra hecho ese sinverguenza? ¿No?

Como si la madre fuese un ser justiciero.

Asi se escribe cada historia, muchas de ellas anonimas, que esperan en el silencio atroz de aquella frasesilla: Que se haga la voluntad de Dios, una lenta agonia.

En Argentina, la obstruccion del vinculo padre e hijo, es un delito. ¿Se entiende?

Es decir, NO basta con el incumplimiento de un regimen de visitas establecido judicialmente. Que tambien lleva a la configuracion de otro delito: Desobediencia y Resistencia a la Autoridad.

Ademas, evitar y entorpecer la sana comunicacion entre Padre e hijo: en llevarlo al colegio, en ir de compras al super-mercado, en pasarle las llamadas telefonicas para que ambos puedan conversar, etc. es tambien un delito para los Argentinos.

Una sociedad donde las leyes son mas serias que las nuestras.

Por lo pronto aqui en el Peru, NO puede quedar impune semejante atropello a los Derechos del Niño, y debe denunciarse estos actos ante el Fiscal de Familia, para que este como representante de El Estado, haga valer sobre todas las cosas, el Interes Superior del Menor, en funcion a una Denuncia por Violencia Familiar contra el menor por parte de su madre, en la modalidad de obstruccion del vinculo padre e hijo.

Por que la Convencion sobre los Derechos del Niño, establece claramente que los Estados parte deben velar por el normal desenvolvimento de la relacion entre los niños con sus padres.

Por que un regimen de visitas es simplemente el mecanismo que garantiza la minima relacion que debe existir entre un hijo y su Papa.

Una amplia relacion entre Padre e hijo NO puede reducirse a ese simple regimen de visitas, por que Mama y Papa ya NO se entienden. Es absurdo y atenta contra los Derechos del Menor, plasmados en la Convencion sobre los Derechos del Niño y que tienen rango constitucional.

¿Mas claro? El agua.


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